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Incoterms 2020

Hace pocos días se publicaron los nuevos Incoterms 2020 que regularán todas las actividades logísticas de los próximos 10 años.

A continuación te contamos las principales modificaciones que presentan estos nuevos Incoterms, términos para acordar las responsabilidades de exportador e importador y que afectan en; costes, responsabilidades y contratos internacionales. Estos son modificados cada 10 años.

Incoterms 2020: Modificaciones

Reordenamiento de reglas

Hace 20 años se utilizaban las siglas E, F, C y D para escoger el INCOTERM correcto, no obstante, esto llevaba a algunas confusiones, es por esto, que la cambra las ha reordenado para que quede más claro cómo escoger los INCOTERMS y nos obliga a utilizarlos de forma más precisa. Recomienda que se utilicen de la siguiente manera:

Para cualquier medio de transporte:

Ex-Works (EXW)
Free Carrier (FCA)
Carriage Paid To (CPT)
Carriage and Insurance Paid To (CIP)
Delivered At Place (DAP
Delivered at Place Unloaded (DPU)
Delivered Duty Paid (DDP)

Para transporte marítimo

Free Alongside Ship (FAS)
Free On Board (FOB)
Cost and Freight (CFR)
Cost, Insurance, and Freight (CIF)

Incoterm DAT eliminado

El DAT era un incoterm que obligaba al exportador a hacer toda la logística hasta el país comprador, dejando los bienes en una terminal o puerto. No obstante, esta planteaba algunas dudas como por ejemplo; en qué puerto, en qué terminal, se descarga o no la mercancía, entre otras muchas dudas.

Es por esto, que la cambra ha decidido eliminarlo y poner en su lugar el Incoterm DPU (Mercancía entregada y descargada en lugar acordado).

Este Incoterm tiene unas obligaciones determinadas para el exportador:

Embalar y transportar la mercancía hasta el puerto o terminal de cruce, haciendo todos los trámites de exportación.
Cruzar la mercancía o transportarla hasta el país destino.
Avisar al importador cuando estén las mercancías en el lugar acordado.

Así como también para el importador:

Apoyar el exportador con documentos e información para hacer el trámite.
Recibir la mercancía en el punto convenido para hacer los trámites aduanales correspondientes.

Seguridad y peso

La seguridad en la carga siempre ha estado al punto de mira, es por esto, que en esta modificación de los Incoterms, se ha decidido tener en cuenta dicha seguridad.

El exportador e importador tienen que informar de los procedimientos y problemas de seguridad que podría haber.

Otro factor a tener en cuenta será el peso, los Incoterms 2020 obligan al exportador de comunicar la masa bruta verificada de los contenedores.

Modificación de seguros en CIF y CIP

Durante mucho tiempo los INCOTERMS que incluyen seguros estuvieron recogidos con la Cláusula C. Debemos tener en cuenta que hay 3 niveles de seguros marítimos: Cláusula A, Cláusula B y Cláusula C. Por tanto, tanto CIF como CIP requerían de la contratación de un seguro con la cláusula C, es decir, el seguro con la menor cobertura.

A partir de 2020, estos Incoterms, recomiendan que en Incoterm CIP se utilice la Cláusula A, mientras que en el Incoterm CIF se recomiende la Cláusula C.

FCA: opción de Conocimiento de Embarque “a bordo”

En caso del transporte marítimo, para que el comprador pueda dar instrucciones al transportista que ha contratado para que así emita a nombre del vendedor un Conocimiento de Embarque con la anotación “a bordo”, lo cual indica que la mercancía se ha cargado.

Estas son algunas de las novedades que incluirán las Incoterms en 2020. Sin embargo hay mucho más, y es que se han creado los Incoterms disponibles para distintos formatos digitales, con la finalidad de poder acceder a ellos de forma rápida y sencilla. Así como la traducción de estas en 20 idiomas. Además, estas estarán disponibles en formato app.